El dilema de la defensa ¿cliente inocente o posible no culpable?

Cuando ejercemos la defensa en un proceso penal en la mayoría de los casos (y salvo que el cliente nos diga que lleguemos a un acuerdo con las acusaciones) obviamente queremos que nuestro cliente sea absuelto. 

Pero hay una pregunta que es posible que no sea tan fácil de responder ¿queremos convencer de que nuestro cliente no ha cometido el delito o más bien que es posible que no lo haya cometido?

A priori, parece que lo más evidente es que lo que queremos es demostrar que el cliente no ha hecho aquello de lo que se le acusa. Pero puede que eso no sea lo más fácil, y tampoco puede que (en algunos casos) sea lo más recomendable.

¿Acreditar o hacer dudar?

Se trata de una respuesta que no tiene una respuesta única, depende de cada caso concreto.

No obstante, no hay que olvidar uno de los principios rectores de nuestro ordenamiento jurídico penal, el cual es la presunción de inocencia, el cual nos dice que, en líneas generales, que la inocencia no se demuestra sino que se presume hasta que se demuestre lo contrario. Por tanto, lo que se demuestra es la culpabilidad.

Puede ocurrir que una persona se encuentre como investigada o acusada en un proceso penal y que haya pruebas que indiquen claramente que no tiene nada que ver (por ejemplo, en un caso de robo el investigado se parece a la persona que han grabado las cámaras de seguridad, pero con un análisis un poco más detallado se ve que no es esa persona) En estos casos tendremos que utilizar las pruebas que acrediten claramente que nuestro cliente no tuvo nada que ver con los hechos (la imagen de esa cámara de seguridad, documentos que indiquen que en ese momento se encontraba en otro lugar…)

Pero también puede ocurrir que las pruebas señalen de alguna forma señalen a nuestro cliente y que no haya pruebas que lo exculpen inequívocamente. Por ejemplo en un delito de lesiones en la que nuestro cliente ha sido expresamente denunciado por el agredido y hay un parte de lesiones, lo que permite imputar a nuestro cliente un delito de lesiones. En este caso deberemos indagar muy profundamente en todas las pruebas obrantes en el procedimiento y diseñar muy bien la estrategia a seguir durante la práctica de las pruebas en el juicio, no con el objetivo de demostrar la inocencia del cliente, ya que si hay pruebas que lo inculpen y no tenemos pruebas de descargo las posibilidades de condena son muy altas, sino con el objetivo de hacer dudar al juez sobre si realmente esas pruebas son idóneas y suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia. 

Puede que esto último se entienda mejor ampliando el ejemplo de la agresión: hay una denuncia en la que se denuncia expresamente a nuestro cliente, hay un parte médico de lesiones pero resulta que en la trifulca intervino la Policía y al entrevistar a las partes en su parte de intervención manifiestan que se comprobó que el denunciante no tenía lesiones.

Ese parte de intervención nos permitiría dudar sobre la autoría de los hechos por parte del cliente. Las lesiones existen (pues han sido diagnosticadas por un facultativo) pero ¿se puede llegar a la certeza de que fue nuestro cliente quien las provocó? Ahí está la duda.

Esto no está para nada reñido con una de las funciones que ejerce el abogado de la defensa, que es el de desmontar la tesis acusatoria. De hecho, el generar esa duda razonable es parte del proceso de desmontar la acusación.

Conclusión ¿qué estrategia es la más recomendable?

La respuesta es sencilla: depende de cada caso concreto.

Esto quiere decir que no podemos utilizar la misma estrategia para cada caso que tengamos encima de la mesa, sino que a cada asunto deberemos dedicarle el tiempo que sea necesario para conocer las circunstancias del mismo y diseñar la estrategia más adecuada para actuar en consecuencia.

Habrá ocasiones en las que puede que la estrategia más beneficiosa sea la de demostrar que nuestro defendido nada tiene que ver con los hechos que se le imputan. Esto ocurre en aquellos casos en los que las pruebas, de una forma u otra, no incriminan para nada a nuestro cliente.

No obstante, lo anterior no ocurre tan frecuentemente como nos gustaría cuando nos encargamos de la defensa, lo que nos puede llevar a que la estrategia más adecuada sea la de intentar generar la duda razonable en el tribunal.

Probablemente, en la mayoría de las ocasiones, utilicemos una estrategia mixta. Es decir, negaremos expresamente los hechos intentando convencer de que nuestro cliente es inocente, y al mismo tiempo intentaremos generar la duda razonable en el tribunal.

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