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Con motivo de los recientes hechos ocurridos por las cargas policiales en diferentes ciudades españolas y, por el incidente acontecido hace escasos días en Linares, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado están en el punto de mira.

Este último caso que hemos mencionado ha revolucionado a sindicatos policiales y ha dividido a juristas y abogados por el envío a prisión provisional de los dos policías. Los hechos presuntamente sucedieron de la siguiente manera: estaba la víctima saliendo de un local, y éste se dio un codazo con un agente de paisano, a lo que el agente le contestó:

“Vamos 1-0”, agregando la víctima: “Ya empataremos otro día”. Tras esto, el otro agente que también iba de paisano, le gritó: “¿Algún problema, gilipollas?”

y cuando éste le contestó:

“Gilipollas serás tú”

Ambos policías comenzaron a agredirle con una violencia que el Juez de Instrucción núm. 3 de Linares consideró desmesurada, tal y como se muestra en los vídeos. 

Tras tomarles declaración, el Juez de Instrucción núm. 3 de Linares dictó auto de prisión provisional para ambos policías al considerar que existía riesgo de fuga, así como destrucción u ocultación de pruebas, además de proteger a la víctima y a su hija por temer que ambos acusados tomasen represalias contra ellos. 

Este ingreso en prisión como hemos indicado en los párrafos anteriores, ha supuesto una división de opiniones entre abogados y juristas, ya que, unos piensan que dicho auto no justifica la prisión provisional y que está dictado por presión social, y otros consideran que sí que cumple los requisitos establecidos en el art. 503 de la LECrim.

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplirse para poder enviar a un acusado a prisión provisional?

Pues bien, en primer lugar debemos saber que la prisión provisional es una medida excepcional que debe ser aplicada cuando no existan otras medidas menos gravosas para los acusados. En segundo lugar, se deben cumplir todos los requisitos que se recogen en el artículo que son lo siguientes:

  • Debe tratarse de un hecho delictivo cuya pena sea de 2 o más años, aunque puede ser inferior si el investigado tiene antecedentes penales.
  • El Juez debe tener indicios claros de que el investigado es el autor de ese hecho delictivo
  • Debe evitarse:
    • Que el investigado cometa otro acto delictivo contra el bien jurídico, en este caso, que atente de nuevo contra el padre y la menor de 14 años. 
    • El riesgo de fuga
    • Destrucción u ocultación de pruebas
  • Esta medida debe ser necesaria sin que existan como bien hemos indicado anteriormente, otra medidas cautelares menos gravosas como por ejemplo: una orden de alejamiento o comparecer apud acta en los juzgados cada 15 días…

El auto que envía a prisión provisional a ambos policías se fundamenta en que los acusados actuaron desproporcionadamente, ya que, aunque la víctima pudiese comenzar la pelea, no se justifica la agresión perpetrada por los investigados.

Además, una vez la pelea estaba ya disuelta, estos volvieron para seguir agrediendo a la víctima. Con respecto al riesgo de fuga, el Juez indica que no tienen arraigo familiar, no tienen pareja ni hijos, y su arraigo laboral está prácticamente desaparecido al estar abierto un expediente disciplinario por la Policía Nacional.

Por otro lado, también justifica riesgo de ocultación, alteración o destrucción de pruebas, puesto que en uno de los vídeos se aprecia a uno de los policías correr hacía un testigo con su móvil para impedir que éste grabase. Y tiene en cuenta que la condición de policías le otorga más facilidades que un ciudadano para averiguar datos que le permitan influir indebida e ilegítimamente a las fuentes de prueba, como por ejemplo: testigos. 

Si atendemos a los requisitos mencionados anteriormente, podemos observar que se cumplen todos. En primer lugar, es un hecho delictivo cuya pena es de 5 años de prisión, hay claros indicios de que los acusados son los sujetos activos del hecho delictivo, y se pretende proteger tanto a la víctima, como las pruebas y la presencia de los acusados en el procedimiento. 

No obstante, la polémica acerca de que esta medida es dictada por presión social viene a raíz del último requisito, es decir, no se cumple para muchos expertos en Derecho el que ésta sea una medida necesaria al entender que se pueden establecer medidas menos gravosas para los acusados como una orden de alejamiento, y con respeto a las pruebas al estar suspendidos del ejercicio de sus funciones, raramente pueden acceder a información privilegiada. 

Por lo tanto, esperamos haber resuelto cualquier duda acerca de la polémica que ha suscitado esta entrada en prisión de los policías de Linares tras explicar en los casos que se aplica y los requisitos exigidos para ello. 

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