Esta semana iniciamos nuestra colaboración con Economist & Jurist.

Repasaremos las noticas más relevantes del sector y te daremos los titulares en un breve episodio.

Te dejo con las 5 noticias que no debes perderte esta semana

1. Absentismo escolar: Fiscalía de Menores unifica criterios y solo intervendrá en los casos “injustificados y persistentes”

Ante el inminente inicio del curso escolar 2020/2021 y tras la incertidumbre y debate generado a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la más insólita “vuelta al cole”, el Fiscal de Sala de Menores, José Javier Huete, ha unificado los criterios de las Secciones de Menores de las diferentes Fiscalías Provinciales en esta materia.

En una nota de prensa emitida en la jornada de ayer por la Fiscalía General del Estado, se reconoce desde su inicio que “el absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto”.

Asimismo, y tras avisar que “no es una función primaria y directa del Ministerio la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar”, aquel “no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal”.  

2. “Desprecio, humillación y nuevo maltrato institucional”; así tilda ALTODO un nuevo comunicado del Ministerio de Justicia

El pasado 3 de septiembre el Ministerio de Justicia ha emitido una “Nota de Prensa” en formato twitter, del siguiente tenor literal:

“Gracias al esfuerzo de todos, se ha mantenido una razonable actividad judicial en agosto. Abogados y procuradores han hecho un uso intensivo del periodo hábil, presentando más de 110.000 escritos iniciadores de demandas y más de 436.000 de trámite.”

Dicha “Nota de Prensa”, que más bien parece una provocación innecesaria, y que revela un desconocimiento profundo de la realidad forense, además de un desprecio, humillación, nuevo maltrato institucional, y falta de respeto hacia los profesionales. “, según ALTODO.

3.  Propuesta del ICAB: reforma legislativa y desalojar a los ‘okupas’ en 48 horas

La recién estrenada reforma legislativa elaborada por la Comisión de Normativa del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) propone la incorporación de un nuevo artículo en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), concretamente el 544 sexies y la modificación del art. 13 del mismo texto legal.

Siguiendo la línea de la regulación que otros países europeos prevén para dar solución a la ocupación de propiedades, la Comisión de Normativa del ICAB considera que en ningún caso tendría que recaer en los propietarios de los inmuebles la solución a los problemas de la carencia de viviendas.

De tal modo, proponen la incorporación de un art. 544 sexies en la LECrim cuyo contenido sería el siguiente:

“En los casos en los que conozca de un delito del artículo del 245 Código Penal, el Juez o Tribunal adoptará motivadamente la medida de desalojo en el plazo máximo de 48 horas desde la petición cautelar, sin necesidad de prestar caución, en tanto en cuanto, una vez requeridos los ocupantes del inmueble, no exhiban el título jurídico que legitime la permanencia en el inmueble.

Acordado el desalojo podrán dar cuenta a los servicios sociales municipales a los efectos de facilitar el realojamiento atendiendo a la especial vulnerabilidad de los ocupantes o a las demás circunstancias del caso”.

4. F.C. Barcelona vs Messi: la literalidad del contrato frente al ‘espíritu’ de una cláusula

El pasado 25 de agosto el futbolista argentino enviaba a los servicios jurídicos del club catalán un burofax comunicando su decisión de activar la supuesta cláusula 24 de su contrato,

la cual le permitía rescindir su relación contractual sin ningún tipo de contraprestación económica para el F.C Barcelona y evitándose así el futbolista blaugrana abonar la supuesta cláusula de rescisión de 700 millones de euros.

Así comenzaba la batalla legal.

Por un lado, Messi y sus servicios jurídicos advierten que sí que es cierto que la polémica cláusula liberatoria está limitada a una fecha, la del 10 de junio, después de la cual se da por renovado automáticamente al futbolista hasta el 30 de junio de 2021; pero a su vez, también avisan sobre el «espíritu» de la citada cláusula.

Es decir, argumentan a su favor que, si existe la controvertida cláusula, es por la simple razón de habilitar un «período de reflexión» tras acabar la temporada, para que el futbolista pueda decidir libremente sobre su futuro.

5. Aumentan las comunicaciones vía Lexnet durante el agosto hábil

Según ha informado el Ministerio de Justicia y tras el veloz análisis de los datos del sistema de comunicaciones electrónicas, ‘Lexnet’, en el mes de agosto, “abogados y procuradores han presentado más de 110.000 escritos iniciadores de procedimientos y más de 436.000 escritos de trámite”.

El Ministerio de Justicia ha puesto en marcha el denominado “Plan de arranque del año Judicial” para asegurar la adecuada prestación del servicio, garantizar el rendimiento y reaccionar de forma rápida y eficaz a las incidencias que puedan producirse en el sistema.

Unos preparativos de inicio que este año han tenido como antesala la excepcional habilitación de parte del mes de agosto en virtud del Real Decreto-ley 16/2020

Comparando los datos referentes al período del día 11 al 31 de agosto de los años 2019 (inhábil) y 2020 (hábil) el Ministerio de Justicia observa “un aumento considerable en todos los actos de comunicación”. En concreto, “el número de notificaciones ha sido de 1.310.000 (un 1.000% más respecto a 2019), y los abogados y procuradores han presentado más de 110.000 escritos iniciadores de demandas (un 245% más que el año anterior) y más de 436.000 escritos de trámite (un 585% más)”.

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